22 junio 2013
TRISTE EPÍLOGO PARA EL COMITÉ ESPAÑOL
No podían elegir un final más triste. Los acuerdos de este viernes del Comité Español de Disciplina Deportiva, a propósito de las denuncias contra el Girona y el Guadalajara por alineaciones indebidas, serán recordados como uno de los episodios más lamentables del derecho deportivo.
¿Cómo puede decir un tribunal administrativo creado para fiscalizar la actuación de las federaciones deportivas que su misión no es valorar “la corrección o incorrección de la interpretación federativa sobre el alcance de la modificación de un reglamento”? Eso lo ha dicho este viernes el máximo órgano de la justicia deportiva española.
A partir de ahora, según el criterio del Comité Español, no primará la previsión normativa, sino el uso concreto que de ella hagan los comités técnicos de las federaciones. O sea, las asambleas federativas podrán dictar cuantos reglamentos estimen oportunos, pero lo relevante no será ya su contenido. Lo determinante –según el CEDD- es la modulación que de él hagan las juntas de gobierno y los comités técnicos. La interpretación que hagan las federaciones es inapelable. Si esto es así, sobra el propio Comité Español de Disciplina Deportiva.
Triste epílogo el que han escrito este viernes los eminentes juristas que integran el Comité Español de Disciplina Deportiva, cuyas competencias pasarán, a partir de la nueva ley antidopaje, al recién creado Tribunal Administrativo del Deporte.
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