Los lectores de este blog tuvieron cumplida cuenta la pasada temporada de un desaguisado que tiene visos de repetirse esta temporada si la RFEF no lo remedia.
Hemos sido testigos de cómo tres comités disciplinarios, los dos de la RFEF y el Comité Español de Disciplina Deportiva, fallaban en igual sentido pero con diferentes argumentos, a cual más estrambótico, a favor de los clubes inmersos en alineaciones indebidas con jugadores que poseían licencia amateur (A).
En los meses transcurridos no hemos identificado a ningún jurista, distinto de los integrantes de los citados comités, que comparta la (s) tesis de los comités. Incluso promovimos una encuesta en Iusport, según la cual el 70 % de los encuestados opinan que los comités se han equivocado.
¿Cómo puede decir un tribunal administrativo creado para fiscalizar la actuación de las federaciones deportivas que su misión no es valorar “la corrección o incorrección de la interpretación federativa sobre el alcance de la modificación del Reglamento”? Eso es lo que hizo el máximo órgano de la justicia deportiva española, el Comité Español de Disciplina Deportiva, ahora renombrado como Tribunal Administrativo del Deporte, en un gesto evidente e inadmisible de echar balones fuera.
El acuerdo del CEDD tiene aún mayor trascendencia, ya que a partir de ahora, según el criterio del Comité Español, no primará la previsión normativa, sino el uso concreto que de ella hagan los comités de las federaciones. O sea, las asambleas generales federativas podrán dictar cuantos reglamentos estimen oportunos, pero lo relevante no será ya su contenido.