Canarias IUSPORT

02 marzo 2014

HABRÁ MÁS CASOS COMO EL DE JONA MEJÍA


Los lectores de Iusport saben de las pésimas noticias dejadas por la 128 Asamblea General Anual de la International Board (IFAB), celebrada el pasado sábado en Zúrich: se mantiene el triple castigo y se rechaza nuevamente el vídeo.

Pero entre los acuerdos adoptados hay uno que tiene un tinte especial: el de la prohibición de los lemas en las camisetas, sea cual sea su contenido o finalidad.

Hace bien poco nos pronunciamos sobre el disparate del caso Jona Mejía, como en su día lo fue el de Callejón o del de Villa, entre otros, a propósito de sendos lemas mostrados que eran absolutamente inocuos.

Aunque con una doctrina vacilante, el Comité de Apelación de la RFEF parece  que ha declarado como  consolidada la del caso Callejón. Es decir, no será sancionado el jugador que muestre un lema si no tiene finalidad religiosa, publicitaria o política.

El propio secretario general de la RFEF, Jorge Pérez, tuvo la valentía de reconocer el error federativo y manifestó su compromiso de elevar a la próxima asamblea general para adaptar el texto del art. 91 del Código Disciplinario a esa doctrina consolidada por Apelación.

Pues, lamentablemente, va a ser que no. Resulta que cuando toda España se había puesto de acuerdo en que la sanción a Mejía por un lema alusivo al cáncer infantil era un contrasentido, viene la IFAB y dice que sí, que hay que sancionar este tipo de conductas.

Así es. En su reunión del sábado pasado, la IFAB implantó la prohibición de incluir en la equipación obligatoria y en la ropa interior cualquier tipo de lemas, declaraciones o imágenes aunque sean con buena intención, manteniendo por tanto las multas a los jugadores que porten mensajes en camisetas interiores.

Parece claro que esta medida del IFAB da al traste con las expectativas del fútbol español de ver modificado el disparatado art. 91 citado.

Vamos a ver qué salida se le ocurre al eficiente Jorge Pérez en este nuevo escenario.

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